Indemnización por daños y perjuicios por responsabilidad contractual y extracontractual.
El proceso de indemnización por daños y perjuicios es de 2 tipos:
1.- Indemnización por daños y servicios por responsabilidad contractual: Se origina cuando el daño ocasionado a la persona se da dentro del ámbito de una relación laboral entre un trabajador y un empleador, quienes se encuentran relacionados por un contrato de trabajo, es por ello que a esta indemnización se le denomina de responsabilidad contractual (con contrato) y que el plazo para interponer este tipo de demanda es de 10 años, que se computa desde la fecha en que ocurrió el daño hasta el día en que se interpone la demanda.
2.-La indemnización por daños y perjuicios por responsabilidad extracontractual: Se origina este daño, en un evento entre dos personas que no se encuentran relacionados por un contrato de trabajo, como ejemplo: el caso de un accidente de tránsito, en el que una de las partes resulta agraviado por la responsabilidad del otro. Este tipo de demandas se interpone en el plazo de 2 años, computados desde el día del evento que causo daño hasta la interposición de la demanda.